martes, 16 de octubre de 2012

Boletín No. 4 del 15 al 19 de Octubre

Lunes 15 de Octubre de 2012

Boletín No. 4 del 15 al 19 de Octubre de 2012

Poderes del Estado Ecuatoriano a Partir de la Constitución 2008
Clara L. Placencia Ordóñez

A partir de la creación y puesta en marcha oficial de la Constitución 2008, siguiendo sus lineamientos se organizó el estado ecuatoriano en cinco funciones oficiales, de las tres que lo regían hasta entonces. Las funciones del estado eran hasta ese momento: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, las tres independientes la una de la otra, es decir con autonomía para regirse y decidir de acuerdo a su papel particular.

En la actualidad las funciones independientes que conforman la regulación del estado, son: Ejecutivo, Asamblea (legislativo), Judicial, Electoral y de Participación Ciudadana. Pensado en crear el mejor escenario para la democracia, los derechos y la justicia.

La Función Ejecutiva tiene como cabeza al Presidente de la República y su línea de injerencia se da desde ahí hacia los ministerios y secretarías que desarrollan todos los planes y controles del Gobierno Central, incluido el manejo de la Policía y Ejército. Se elegirá nuevo Presidente de la República en los próximos Comicios de Febrero 2013, a lo cual el nuevo presidente electo cambia su gabinete ministerial –ministros y directivos principales, quienes a su vez modifican el personal de libre remoción de sus respectivas carteras de gobierno-, así como los funcionarios del Palacio de Gobierno.

La Asamblea Nacional es la encargada de elaborar y actualizar todas las leyes que se desprenden de la Constitución, y la encargada de fiscalizar y ejecutar juicios políticos a funcionarios directivos de instituciones del estado, por mala actuación o por negligencia en el cumplimiento de sus funciones. Está estructurada con un Presidente de la Asamblea, que actualmente es Fernando Cordero, y los asambleístas nacionales y provinciales que se reparten en Comisiones para desarrollar leyes en su área de acción –por ejemplo Comisión de Justicia, Comisión de Fiscalización, Comisión de lo Económico, Comisión de Educación, etc.-, las cuales a su vez tienen un Presidente y VicePresidente de Comisión.  Se elige nueva asamblea en los próximos Comicios de Febrero 2013.

La Función Judicial es la encargada del desarrollo de los juicios o todos los procesos civiles y penales que existen entre los ciudadanos del Ecuador, con acusaciones del estado, compañías de personería jurídica o personas naturales (ciudadanos comunes), autorregulándose incluso en cuanto tiene que ver con su administración, recursos humanos y toda su organización. Existe dentro de la Función Judicial el Consejo de la Judicatura, encargado de las disposiciones administrativas reguladoras de los demás entes, la Corte Constitucional, que tiene en sus funciones Jueces encargados de dirimir con respecto a la pertinencia de peticiones que denuncian violaciones a la Constitución, la Corte Nacional de Justicia, Cortes Provinciales, Tribunales y Juzgados, que es donde están los jueces varios encargados del desarrollo de cada juicio existente, con funciones especializadas en principio –por ejemplo tribunales de menores, de tránsito, etc.- y con la división del Derecho en Civil y Penal.

La Función Electoral es la encargada de dirigir independientemente de las otras funciones todo lo relacionado con la elección de dignidades que se eligen en el país a través de procesos de votaciones; encargada de la convocatoria a elecciones, aprobación de partidos políticos, manejo del proceso de votaciones, anuncio oficial al país de dignatarios electos y control y censura de las fallas a los procedimientos reglamentados para todo este procedimiento. Esta organizada a través del CNE –Consejo Nacional Electoral-, y Tribunal de lo Contencioso Electoral.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, CPCCS, o Quinto Poder pretende dar a la ciudadanía en general; los ciudadanos comunes y corrientes, participación en el manejo del estado a través de procedimientos instaurados al interior que han funcionado ya varios años –creada la CPCCS a partir de la Nueva Constitución 2008- en los que se organiza un proceso nuevo para la selección de dignidades importantes del estado que no son facultad de ser nombradas o elegidas directamente por las otras funciones y que tampoco son electas en procesos electorales de votación de ciudadanos, como el Contralor del Estado, Superintendente de Bancos, Superintendente de Compañías, Fiscal General del Estado, etc., proceso que consiste en la convocatoria a ciudadanos a participar como veedores o seleccionadores de las dignidades, formando parte para esto de comisiones veedoras o seleccionadoras –si reúnen los requisitos para formar parte de estas- en las que se convoca públicamente y se les va aplicando los procesos formales de calificación de méritos como el currículum vital y las pruebas de oposición –exámenes calificados hechos expresamente para ese puesto- puntuados todos y poniendo toda esta información a disposición de los vocales permanentes del CPCCS, quienes ratifican el procedimiento y queda seleccionada la dignidad del caso.

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